Resolución N° 0617-2016-JNE.- Proclaman el resultado del cómputo de la elección de presidente y vicepresidentes de la República llevada a cabo el domingo 10 de abril de 2016 y declaran que las fórmulas presidenciales del partido político Fuerza Popular y del partido político Peruanos por el Kambio participarán en la segunda elección presidencial, convocada para el domingo 5 de junio de 2016.

Proclaman el resultado del cómputo de la elección de presidente y vicepresidentes de la República llevada a cabo el domingo 10 de abril de 2016 y declaran que las fórmulas presidenciales del partido político Fuerza Popular y del partido político Peruanos por el Kambio participarán en la segunda elección presidencial, convocada para el domingo 5 de junio de 2016


Resolución N° 0617-2016-JNE


Lima, nueve de mayo de dos mil dieciséis.

VISTA el acta general de proclamación de resultados de la elección de presidente y vicepresidentes de la República, de fecha 9 de mayo de 2016, que contiene los resultados del sufragio realizado el domingo 10 de abril de 2016, en el marco de las Elecciones Generales 2016.

CONSIDERANDOS

1. Mediante Decreto Supremo N° 080-2015-PCM, publicado en el Diario Oficial El Peruano el 14 de noviembre de 2015, se convocó a Elecciones Generales para la elección de presidente y vicepresidentes de la República, congresistas y representantes peruanos ante el Parlamento Andino; para lo cual, mediante la Resolución N° 0053-2016-JNE, de fecha 21 de enero de 2016, se aprobó el padrón electoral con un total de 22 901 954 electores a nivel nacional.

2. Llevado a cabo el acto de sufragio el domingo 10 de abril de 2016, han sido resueltas en su totalidad las observaciones a las actas electorales correspondientes a la elección de presidente y vicepresidentes de la República, conforme a las actas de proclamación descentralizada remitidas por los sesenta Jurados Electorales Especiales.

3. Asimismo, las Oficinas Descentralizadas de Procesos Electorales han culminado el cómputo y han emitido sus reportes de cómputo de votos, sobre los cuales los sesenta Jurados Electorales Especiales, instalados en todo el territorio nacional, han elaborado sus correspondientes actas de proclamación descentralizada.

4. En esa medida, la Oficina Nacional de Procesos Electorales, a través del Oficio N° 000700-2016-SG/ ONPE, de fecha 6 de mayo de 2016, ha remitido el cómputo general de los votos emitidos en todo el territorio nacional y los emitidos por los ciudadanos peruanos residentes en el extranjero, contenido en un CD con la base de datos con el resultado consolidado de dicho proceso electoral.

5. Cabe señalar que, en cumplimiento de lo dispuesto mediante la Resolución N° 0309-2016-JNE, de fecha 31 de marzo de 2016, la Oficina Nacional de Procesos Electorales, durante el procesamiento de las actas electorales y antes de la emisión de resultados, agregó a los votos nulos aquellos votos emitidos a favor de las fórmulas de candidatos de las organizaciones políticas Alianza Electoral Solidaridad Nacional – UPP, Perú Libertario, Partido Humanista Peruano y Perú Nación, que figuraron en la cédula de sufragio y que no participaron en el proceso electoral por haberse retirado.

6. Por su parte, el Jurado Nacional de Elecciones, ejerciendo su función establecida en el artículo 178, numeral 5, de la Constitución Política del Perú, y el artículo 5, literal i, de su Ley Orgánica, Ley N° 26486, a la vista de los resultados obtenidos en el distrito electoral nacional, constata que ninguna de las fórmulas de candidatos ha obtenido más de la mitad de los votos válidos de los comicios presidenciales realizados el domingo 10 de abril de 2016.

7. En vista de ello, en aplicación de lo estipulado en el artículo 111 de la Carta Constitucional y el artículo 18 de la Ley N° 26859, Ley Orgánica de Elecciones, corresponde que se realice una segunda elección entre las dos fórmulas de candidatos que obtuvieron las dos más altas mayorías relativas, comicios que se realizarán el domingo 5 de junio de 2016, de acuerdo con lo previsto en el artículo segundo del Decreto Supremo N° 080-2015-PCM.

Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones,

RESUELVE

Artículo Primero.- PROCLAMAR el siguiente resultado del cómputo de la elección de presidente y vicepresidentes de la República llevada a cabo el domingo 10 de abril de 2016:



ORGANIZACIÓN POLÍTICA


CANTIDAD DE VOTOS


PORCENTAJE VOTOS VÁLIDOS

PORCENTAJE VOTOS EMITIDOS

FUERZA POPULAR


6 115 073

39.863%

32.641%

PERUANOS POR EL KAMBIO


3 228 661

21.047%

17.234%

EL FRENTE AMPLIO POR JUSTICIA, VIDA Y LIBERTAD



2 874 940


18.741%


15.346%

ACCIÓN POPULAR


1 069 360

6.971%

5.708%

ALIANZA POPULAR


894 278

5.830%

4.774%

DEMOCRACIA DIRECTA


613 173

3.997%

3.273%

FRENTE ESPERANZA


203 103

1.324%

1.084%

PERÚ POSIBLE


200 012

1.304%

1.068%

PROGRESANDO PERÚ


75 870

0.495%

0.405%

PARTIDO POLÍTICO ORDEN


65 673

0.428%

0.351%

ALIANZA ELECTORAL SOLIDARIDAD NACIONAL – UPP


SE RETIRÓ

SE RETIRÓ

SE RETIRÓ

PERÚ LIBERTARIO


SE RETIRÓ

SE RETIRÓ

SE RETIRÓ

PARTIDO HUMANISTA PERUANO


SE RETIRÓ

SE RETIRÓ

SE RETIRÓ

PERÚ NACIÓN


SE RETIRÓ

SE RETIRÓ

SE RETIRÓ

TOTAL DE VOTOS VÁLIDOS


15 340 143

100.000%

81.883%

VOTOS EN BLANCO


2 225 449


11.879%

VOTOS NULOS


1 168 538


6.237%

TOTAL DE VOTOS EMITIDOS


18 734 130


100.000%









TOTAL DE ELECTORES HÁBILES A NIVEL NACIONAL


22 901 954

100%



TOTAL DE CIUDADANOS QUE VOTARON


18 734 130

81.80%





Artículo Segundo.- DECLARAR que las fórmulas presidenciales del partido político Fuerza Popular y del partido político Peruanos por el Kambio participarán en la segunda elección presidencial, convocada para el domingo 5 de junio de 2016 por el Decreto Supremo N° 080-2015-PCM, pues fueron las candidaturas que han obtenido las dos más altas mayorías relativas.

Artículo Tercero.- DISPONER la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano y en el portal electrónico institucional del Jurado Nacional de Elecciones.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

SS.

TÁVARA CÓRDOVA

FERNÁNDEZ ALARCÓN

AYVAR CARRASCO

CORNEJO GUERRERO

RODRÍGUEZ VÉLEZ

Samaniego Monzón
Secretario General