Ley N° 30508.- Ley que modifica el plazo para la implementación del quinto tramo de los aumentos progresivos de ingresos aplicable al personal militar de las Fuerzas Armadas y policial de la Policía Nacional del Perú. (Publicada el viernes 21 de octubre de 2016).


Ley N° 30508.- Ley que modifica el plazo para la implementación del quinto tramo de los aumentos progresivos de ingresos aplicable al personal militar de las Fuerzas Armadas y policial de la Policía Nacional del Perú. (Publicada el viernes 21 de octubre de 2016).


LEY Nº 30508

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

POR CUANTO:

EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA;

Ha dado la Ley siguiente:


LEY QUE MODIFICA EL PLAZO PARA LA IMPLEMENTACIÓN DEL QUINTO TRAMO DE LOS AUMENTOS PROGRESIVOS DE INGRESOS APLICABLE AL PERSONAL MILITAR DE LAS FUERZAS ARMADAS Y POLICIAL DE LA POLICÍA NACIONAL DEL PERÚ


Artículo único. Plazo para el incremento de ingresos aplicable al personal militar de las Fuerzas Armadas y policial de la Policía Nacional del Perú
Dispónese que la implementación del quinto tramo de los aumentos progresivos de ingresos, establecido en la trigésima octava disposición complementaria final de la Ley 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, se efectuará en el mes de octubre de 2016.

Comuníquese al señor Presidente de la República para su promulgación.

En Lima, a los veinte días del mes de octubre de dos mil dieciséis.

LUZ SALGADO RUBIANES
Presidenta del Congreso de la República

ROSA BARTRA BARRIGA
Primera Vicepresidenta del Congreso de la República

AL SEÑOR PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

POR TANTO:

Mando se publique y cumpla.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veinte días del mes de octubre del año dos mil dieciséis.

PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD
Presidente Constitucional de la República

FERNANDO ZAVALA LOMBARDI
Presidente del Consejo de Ministros