Ley N° 30578.- Ley que modifica el artículo 1 del Decreto Legislativo 1251, Decreto Legislativo que modifica el Decreto Legislativo 1224, Ley Marco de Promoción de la Inversión Privada mediante Asociaciones Público Privadas y Proyectos en Activos. (Publicada el jueves 8 de junio de 2017).



Ley N° 30578.- Ley que modifica el artículo 1 del Decreto Legislativo 1251, Decreto Legislativo que modifica el Decreto Legislativo 1224, Ley Marco de Promoción de la Inversión Privada mediante Asociaciones Público Privadas y Proyectos en Activos. (Publicada el jueves 8 de junio de 2017).


LEY Nº 30578

LA PRESIDENTA DEL CONGRESO DE LA REPÚBLICA

POR CUANTO:

EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA;

Ha dado la Ley siguiente:


LEY QUE MODIFICA EL ARTÍCULO 1 DEL DECRETO LEGISLATIVO 1251, DECRETO LEGISLATIVO QUE MODIFICA EL DECRETO LEGISLATIVO 1224, LEY MARCO DE PROMOCIÓN DE LA INVERSIÓN PRIVADA MEDIANTE ASOCIACIONES PÚBLICO PRIVADAS Y PROYECTOS EN ACTIVOS


Artículo único. Modificación del artículo 1 del Decreto Legislativo 1251, Decreto Legislativo que modifica el Decreto Legislativo 1224, Ley marco de promoción de la inversión privada mediante Asociaciones Público Privadas y Proyectos en Activos

Modifícase el artículo 1 del Decreto Legislativo 1251, Decreto Legislativo que modifica el Decreto Legislativo 1224, Ley marco de promoción de la inversión privada mediante Asociaciones Público Privadas y Proyectos en Activos, conforme al texto siguiente:

Artículo 1. Modificación del artículo 5, literal c) del numeral 7.1 del artículo 7, artículo 9, primer párrafo del artículo 13, literales a) y b) del numeral 14.1 del artículo 14, numeral 15.2 del artículo 15, artículo 16, numeral 22.2 del artículo 22, numeral 35.2 del artículo 35, artículo 37, artículo 38 y numeral 39.2 del artículo 39 del Decreto Legislativo 1224, Ley marco de promoción de la inversión privada mediante Asociaciones Público Privadas y Proyectos en Activos
[…]

Artículo 5.- Sistema Nacional de Promoción de la Inversión Privada
[…]
5.2 El Ministerio de Economía y Finanzas establece la política de promoción de la inversión privada. La Dirección General de Política de Promoción de la Inversión Privada del Ministerio de Economía y Finanzas es el ente rector del Sistema Nacional de Promoción de la Inversión Privada, encargada de establecer los lineamientos de promoción y desarrollo de la inversión privada en Asociaciones Público Privadas y Proyectos en Activos y emitir opinión vinculante exclusiva y excluyente, en el ámbito administrativo, sobre la interpretación y aplicación del Decreto Legislativo y sus disposiciones, en relación a los temas de su competencia, de conformidad con lo establecido en la Ley 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo. Esta disposición no limita la potestad interpretativa de los órganos jurisdiccionales ni del Congreso de la República.
[…]”.

Comuníquese al señor Presidente de la República para su promulgación.

En Lima, a los doce días del mes de mayo de dos mil diecisiete.

LUZ SALGADO RUBIANES
Presidenta del Congreso de la República

ROSA BARTRA BARRIGA
Primera Vicepresidenta del Congreso de la República

AL SEÑOR PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

POR TANTO:

No habiendo sido promulgada dentro del plazo constitucional por el señor Presidente de la República, en cumplimiento de los artículos 108 de la Constitución Política del Perú y 80 del Reglamento del Congreso de la República, ordeno que se publique y cumpla.

En Lima, a los siete días del mes de junio de dos mil diecisiete.

LUZ SALGADO RUBIANES
Presidenta del Congreso de la República

ROSA BARTRA BARRIGA
Primera Vicepresidenta del Congreso de la República


1530370-1