Ley N° 30721.- Ley que declara de prioritario interés público la implementación del servicio de oncología, sobre la base del preventorio especializado, en el Hospital Regional Eleazar Guzmán Barrón en la provincia del Santa, departamento de Áncash. (Publicada el jueves 11 de enero de 2018).



Ley N° 30721.- Ley que declara de prioritario interés público la implementación del servicio de oncología, sobre la base del preventorio especializado, en el Hospital Regional Eleazar Guzmán Barrón en la provincia del Santa, departamento de Áncash. (Publicada el jueves 11 de enero de 2018).



LEY Nº 30721

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

POR CUANTO:

EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA;

Ha dado la Ley siguiente:


LEY QUE DECLARA DE PRIORITARIO INTERÉS PÚBLICO LA IMPLEMENTACIÓN DEL SERVICIO DE ONCOLOGÍA, SOBRE LA BASE DEL PREVENTORIO ESPECIALIZADO, EN EL HOSPITAL REGIONAL ELEAZAR GUZMÁN BARRÓN EN LA PROVINCIA DEL SANTA, DEPARTAMENTO DE ÁNCASH


Artículo 1. Declaración de prioritario interés público
Declárase de prioritario interés público la implementación del servicio de oncología, sobre la base del actual preventorio especializado, en el Hospital Regional Eleazar Guzmán Barrón en la provincia del Santa, departamento de Áncash.

Artículo 2. Responsabilidad del Gobierno Regional de Áncash
El Gobierno Regional de Áncash es responsable de ejecutar las medidas y acciones necesarias para el cumplimiento de la presente ley.

Artículo 3. Responsabilidad del Ministerio de Salud
El Ministerio de Salud brinda la asistencia técnica al Gobierno Regional de Áncash para la implementación del servicio de oncología, sobre la base del preventorio especializado, en el Hospital Regional Eleazar Guzmán Barrón en la provincia del Santa, departamento de Áncash.

Comuníquese al señor Presidente de la República para su promulgación.

En Lima, a los diecinueve días del mes de diciembre de dos mil diecisiete.

LUIS GALARRETA VELARDE
Presidente del Congreso de la República

MARIO MANTILLA MEDINA
Primer Vicepresidente del Congreso de la República

AL SEÑOR PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

POR TANTO:

Mando se publique y cumpla.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los diez días del mes de enero del año dos mil dieciocho.

PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD
Presidente de la República

MERCEDES ARÁOZ FERNÁNDEZ
Presidenta del Consejo de Ministros



1605364-2