Ley N° 30783.- Ley que declara de necesidad pública y preferente interés nacional la ejecución del IV Componente del Proyecto de Inversión Pública Mejoramiento de Riego y Generación Hidroenergético del Alto Piura. (Publicada el martes 5 de junio de 2018).
Ley N° 30783.- Ley que declara de necesidad pública y preferente interés nacional la ejecución del IV Componente del Proyecto de Inversión Pública Mejoramiento de Riego y Generación Hidroenergético del Alto Piura. (Publicada el martes 5 de junio de 2018).
LEY Nº 30783
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
POR CUANTO:
EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA;
Ha dado la Ley siguiente:
LEY QUE DECLARA DE NECESIDAD PÚBLICA Y PREFERENTE INTERÉS NACIONAL LA EJECUCIÓN DEL IV COMPONENTE DEL PROYECTO DE INVERSIÓN PÚBLICA MEJORAMIENTO DE RIEGO Y GENERACIÓN HIDROENERGÉTICO DEL ALTO PIURA
Artículo único. Declaración de necesidad pública e interés nacional
Declárase de necesidad pública y preferente interés nacional la ejecución del IV Componente del Proyecto de Inversión Pública Mejoramiento de Riego y Generación Hidroenergético del Alto Piura en el departamento de Piura, teniendo en cuenta el estudio de impacto ambiental correspondiente para la protección de la cabecera de cuenca para la gestión hídrica sostenible y el pago de los servicios ambientales que beneficie también a los agricultores de Huancabamba.
Comuníquese al señor Presidente de la República para su promulgación.
En Lima, a los diecisiete días del mes de mayo de dos mil dieciocho.
LUIS GALARRETA VELARDE
Presidente del Congreso de la República
MARIO MANTILLA MEDINA
Primer Vicepresidente del Congreso de la República
AL SEÑOR PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
POR TANTO:
Mando se publique y cumpla.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los cuatro días del mes de junio del año dos mil dieciocho.
MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO
Presidente de la República
CÉSAR VILLANUEVA ARÉVALO
Presidente del Consejo de Ministros
1655993-5
