Ley N° 30843.- Ley que declara de interés nacional y necesidad pública la construcción del viaducto Bicentenario, ubicado entre la avenida Ciro Alegría-Vía de Evitamiento de los distritos de Jesús Nazareno y Andrés A. Cáceres, provincia de Huamanga, departamento de Ayacucho. (Publicada el domingo 19 de agosto de 2018).



Ley N° 30843.- Ley que declara de interés nacional y necesidad pública la construcción del viaducto Bicentenario, ubicado entre la avenida Ciro Alegría-Vía de Evitamiento de los distritos de Jesús Nazareno y Andrés A. Cáceres, provincia de Huamanga, departamento de Ayacucho. (Publicada el domingo 19 de agosto de 2018).



LEY Nº 30843

EL PRESIDENTE DEL CONGRESO DE LA REPÚBLICA

POR CUANTO:

EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA;

Ha dado la Ley siguiente:


LEY QUE DECLARA DE INTERÉS NACIONAL Y NECESIDAD PÚBLICA LA CONSTRUCCIÓN DEL VIADUCTO BICENTENARIO, UBICADO ENTRE LA AVENIDA CIRO ALEGRÍA-VÍA DE EVITAMIENTO DE LOS DISTRITOS DE JESÚS NAZARENO Y ANDRÉS A. CÁCERES, PROVINCIA DE HUAMANGA, DEPARTAMENTO DE AYACUCHO


Artículo único. Declaración de interés nacional y necesidad pública
Declárase de interés nacional y necesidad pública la construcción del viaducto Bicentenario, ubicado entre la avenida Ciro Alegría-Vía de Evitamiento de los distritos de Jesús Nazareno y Andrés A. Cáceres, en la provincia de Huamanga, departamento de Ayacucho, sin afectar las áreas naturales y arqueológicas protegidas, así como el medio ambiente.

Comuníquese al señor Presidente de la República para su promulgación.

En Lima, a los veinticuatro días del mes de julio de dos mil dieciocho.

LUIS GALARRETA VELARDE
Presidente del Congreso de la República

MARIO MANTILLA MEDINA
Primer Vicepresidente del Congreso de la República

AL SEÑOR PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

POR TANTO:

No habiendo sido promulgada dentro del plazo constitucional por el señor Presidente de la República, en cumplimiento de los artículos 108 de la Constitución Política del Perú y 80 del Reglamento del Congreso de la República, ordeno que se publique y cumpla.

En Lima, a los diecisiete días del mes de agosto de dos mil dieciocho.

DANIEL SALAVERRY VILLA
Presidente del Congreso de la República

LEYLA CHIHUÁN RAMOS
Primera Vicepresidenta del Congreso de la República



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