Ley N° 30898.- Ley que prorroga la vigencia de las exoneraciones del artículo 19 del Texto Único Ordenado de la Ley del Impuesto a la Renta, aprobado por el Decreto Supremo N° 179-2004-EF. (Publicada el viernes 28 de diciembre de 2018).



Ley N° 30898.- Ley que prorroga la vigencia de las exoneraciones del artículo 19 del Texto Único Ordenado de la Ley del Impuesto a la Renta, aprobado por el Decreto Supremo N° 179-2004-EF. (Publicada el viernes 28 de diciembre de 2018).



LEY Nº 30898

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

POR CUANTO:

EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA;

Ha dado la Ley siguiente:


LEY QUE PRORROGA LA VIGENCIA DE LAS EXONERACIONES DEL ARTÍCULO 19 DEL TEXTO ÚNICO ORDENADO DE LA LEY DEL IMPUESTO A LA RENTA, APROBADO POR EL DECRETO SUPREMO 179-2004-EF


Artículo Único. Prórroga de vigencia de exoneraciones
Sustitúyese el encabezado del artículo 19 del Texto Único Ordenado de la Ley del Impuesto a la Renta, aprobado por el Decreto Supremo 179-2004-EF, en los términos siguientes:

Artículo 19. Están exonerados del impuesto hasta el 31 de diciembre de 2020, excepto el inciso b) que está exonerado hasta el 31 de diciembre de 2019”.

Comuníquese al señor Presidente de la República para su promulgación.

En Lima, a los veintiún días del mes de diciembre de dos mil dieciocho.

DANIEL SALAVERRY VILLA
Presidente del Congreso de la República

LEYLA CHIHUÁN RAMOS
Primera Vicepresidenta del Congreso de la República

AL SEÑOR PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

POR TANTO:

Mando se publique y cumpla.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintisiete días del mes de diciembre del año dos mil dieciocho.

MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO
Presidente de la República

CÉSAR VILLANUEVA ARÉVALO
Presidente del Consejo de Ministros



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