Ley N° 30902.- Ley que declara de preferente interés nacional la ejecución del Tren de Cercanías Barranca-Ica. (Publicada el sábado 29 de diciembre de 2018).



Ley N° 30902.- Ley que declara de preferente interés nacional la ejecución del Tren de Cercanías Barranca-Ica. (Publicada el sábado 29 de diciembre de 2018).



LEY Nº 30902

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

POR CUANTO:

EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA;

Ha dado la Ley siguiente:


LEY QUE DECLARA DE PREFERENTE INTERÉS NACIONAL LA EJECUCIÓN DEL TREN DE CERCANÍAS BARRANCA-ICA


Artículo Único. Declaración de preferente interés nacional
Declárase de preferente interés nacional la ejecución del Tren de Cercanías, desde la provincia de Barranca en el departamento de Lima hasta la ciudad de Ica, capital del departamento de Ica, sin afectar las áreas naturales y arqueológicas protegidas, así como el medio ambiente.

Comuníquese al señor Presidente de la República para su promulgación.

En Lima, a los ocho días del mes de diciembre de dos mil dieciocho.

DANIEL SALAVERRY VILLA
Presidente del Congreso de la República

LEYLA CHIHUÁN RAMOS
Primera Vicepresidenta del Congreso de la República

AL SEÑOR PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

POR TANTO:

Mando se publique y cumpla.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintiocho días del mes de diciembre del año dos mil dieciocho.

MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO
Presidente de la República

CÉSAR VILLANUEVA ARÉVALO
Presidente del Consejo de Ministros



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