Ley N° 30929.- Ley que declara de necesidad pública y de preferente interés nacional la construcción de un puente sobre la quebrada Juana Ríos, en el distrito de Chongoyape, provincia de Chiclayo, departamento de Lambayeque. (Publicada el viernes 12 de abril de 2019).



Ley N° 30929.- Ley que declara de necesidad pública y de preferente interés nacional la construcción de un puente sobre la quebrada Juana Ríos, en el distrito de Chongoyape, provincia de Chiclayo, departamento de Lambayeque. (Publicada el viernes 12 de abril de 2019). 



LEY Nº 30929

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

POR CUANTO:

EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA;

Ha dado la Ley siguiente:


LEY QUE DECLARA DE NECESIDAD PÚBLICA Y DE PREFERENTE INTERÉS NACIONAL LA CONSTRUCCIÓN DE UN PUENTE SOBRE LA QUEBRADA JUANA RÍOS, EN EL DISTRITO DE CHONGOYAPE, PROVINCIA DE CHICLAYO, DEPARTAMENTO DE LAMBAYEQUE


Artículo único. Declaración de necesidad pública y de preferente interés nacional
Declárase de necesidad pública y de preferente interés nacional la construcción de un puente sobre la quebrada Juana Ríos, en el distrito de Chongoyape, provincia de Chiclayo, departamento de Lambayeque, que une las provincias de Chota, Cutervo y Santa Cruz en el departamento de Cajamarca; sin afectar las áreas naturales y arqueológicas protegidas, así como el medio ambiente.

Comuníquese al señor Presidente de la República para su promulgación.

En Lima, a los veintiún días del mes de marzo de dos mil diecinueve.

DANIEL SALAVERRY VILLA
Presidente del Congreso de la República

LEYLA CHIHUÁN RAMOS
Primera Vicepresidenta del Congreso de la República

AL SEÑOR PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

POR TANTO:

Mando se publique y cumpla.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los once días del mes de abril del año dos mil diecinueve.

MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO
Presidente de la República

SALVADOR DEL SOLAR LABARTHE
Presidente del Consejo de Ministros



1760079-1